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Ley de Víctimas del Crimen
Fondo para Víctimas del Crimen

El Fondo para Víctimas del Crimen (que en adelante se denominará “el Fondo”), establecido por la Ley de Víctimas del crimen (VOCA) de 1984, es una importante fuente de recursos para financiar los servicios que se les prestan a las víctimas de delitos en todo país. Cada año se depositan en el Fondo millones de dólares procedentes de multas por delitos, depósitos de fianzas confiscados, penalizaciones y contribuciones especiales recaudadas por las Oficinas de Fiscales, las cortes federales y la Oficina Federal de Prisiones de los Estados Unidos. Hasta la fecha, el dinero del Fondo siempre había provenido de delincuentes convictos de crímenes federales, no de los contribuyentes. La nueva legislación ha ampliado las fuentes de financiación del Fondo. La Ley de Unidad y Fortalecimiento de América mediante el Suministro de las Herramientas Apropiadas para Interceptar y Obstruir el Terrorismo (Ley Patriota de los Estados Unidos) autoriza el depósito, en el Fondo, de dádivas, legados o donaciones de entidades privadas. Esto significa que a partir del año fiscal 2002, los depósitos del Fondo pueden provenir de multas por delitos, penalizaciones y contribuciones especiales, así como de dádivas, legados o donaciones de entidades privadas.

Cuando se autorizó la creación del Fondo en 1984, se estableció un tope máximo de depósitos para éste durante los primeros 8 años. El monto del dinero depositado en el Fondo ha fluctuado de un año a otro. La figura de la página 2 muestra las sumas de dinero depositadas en el Fondo durante cada año fiscal, desde 1985 hasta el 2001[1]. La eliminación del tope, en 1993, permitió depositar la totalidad de las multas por delitos, los depósitos de fianzas confiscados, las penalizaciones y las contribuciones especiales autorizadas por la VOCA para subvencionar las actividades del programa para las víctimas del crimen. Para el año fiscal 2000, el Congreso restableció un tope para el Fondo y determinó que las siguientes sumas estuvieran disponibles para su desembolso anualmente: $500 millones en el año fiscal 2000, $537,5 millones en el año fiscal 2001 y $550 millones en el año fiscal 2002.

Fondo para Victimas del Crimen

Fiscal Year

Total fondos recaudados

Tope del Fondo

Total fondos disponibles

1985–1986

$68.3

$100.0

$68.3

1986–1987

$62.5

$110.0

$62.5

1987–1988

$77.4

$110.0

$77.4

1988–1989

$93.6

$110.0

$93.6

1989–1990

$133.5

$125.0

$125.0

1990–1991

$146.2

$125.0

$125.0

1991–1992

$128.0

$150.0

$128.0

1992–1993

$221.6

$150.0

$150.0

1993–1994

$144.7

$0

$144.7

1994–1995

$185.1

$0

$185.1

1995–1996

$233.9

$0

$233.9

1996–1997

$528.9

$0

$528.9

1997–1998

$362.9

$0

$362.9

1998–1999

$324.0

$0

$324.0

1999–2000

$985.2

$500.0

$500.0

2000–2001

$777.0

$537.5

$537.5

2001–2002

$544.4

$550.0

$550.0*

* La recaudación de fondos para el año fiscal 2001 se ha incrementado gracias a la adición de fondos recaudados en años anteriores pero que no se utilizaron debido al tope impuesto.

 

¿Cómo se desembolsan los depósitos del Fondo?

  • Maltrato infantil. Hasta $20 millones se invierten anualmente para mejorar la investigación y el enjuiciamiento de casos de maltrato infantil. Este dinero se reparte entre el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos (hasta $17 millones) y la Oficina para las Víctimas del Crimen, OVC (hasta $3 millones). La OVC utiliza la suma que administra con el único fin de ayudar a las poblaciones amerindias y a las organizaciones que las gobiernan a mejorar las técnicas necesarias para la investigación y el enjuiciamiento de los casos de maltrato infantil, especialmente en lo concerniente a la identificación y manejo de los casos de abuso sexual de niños.

  • Sistema Federal de Justicia Penal. A partir del año fiscal 2000, se ha asignado anualmente una cantidad no especificada del Fondo al sistema federal de justicia penal ($22,1 millones en el año fiscal 2001 y $25,1 en el año fiscal 2002) para mejorar los servicios que se les prestan a las víctimas de delitos federales.

  • · Reserva de emergencia. El Director de la OVC puede apartar hasta $50 millones y depositarlos en una cuenta de Reserva de Emergencia. Los fondos de la Reserva de Emergencia pueden utilizarse con dos propósitos[2]:

    • Para proveer fondos de ayuda a las víctimas del terrorismo o de la violencia contra la colectividad.

    • Para financiar el Programa Internacional de Compensación a Víctimas del Terrorismo

  • Distribuciones. El resto de los depósitos del Fondo se distribuyen así:

    • Un 47,5 por ciento para programas estatales de compensación.

    • Un 47,5 por ciento para programas estatales de ayuda.

    • Un 5 por ciento para actividades discrecionales, tales como proyectos de prueba, entrenamiento, asistencia técnica, evaluación y cumplimiento de programas, becas, pasantías en clínicas y ayuda adicional para mejorar y extender la prestación de servicios a las víctimas de delitos federales.

Compensación a víctimas

¿Qué es la compensación a las víctimas del crimen?

La compensación a las víctimas del crimen es un reembolso directo a una víctima de un delito, o bien en nombre de ella, por los siguientes gastos relacionados con el mismo:

  • Gastos médicos.
  • Gastos funerarios y de sepultura.
  • Ayuda psicológica.
  • Salarios perdidos o pérdida de respaldo económico.

Otros gastos compensatorios pueden incluir el reemplazo o reparación de anteojos o lentes correctivos, servicios y aparatos dentales, aparatos ortopédicos y limpieza del lugar del delito.

¿Qué es un programa de compensación para víctimas del crimen?

Cada estado administra un programa de compensación para víctimas del  crimen, el cual suministra ayuda financiera a las víctimas de delitos federales y estatales. Aunque cada programa estatal de compensación es administrado independientemente, la mayoría de ellos tienen requisitos de elegibilidad similares y ofrecen una serie comparable de beneficios. En general, el monto máximo de las asignaciones varía de $10.000 a $25.000.

Un programa de compensación típico exige a las víctimas que informen de los delitos a las autoridades dentro de los siguientes tres días de cometidos, y les otorga un lapso fijo de tiempo para presentar demandas (generalmente de 2 años). La mayoría de los estados puede extender estos límites de tiempo si existe una buena razón para hacerlo. Si la víctima dispone de otros recursos financieros, tales como seguro médico privado y seguros inmobiliarios, el programa sólo sufraga aquellos gastos que dichos recursos no cubran.

¿Qué estados reciben los subsidios de  compensación establecidos por la VOCA?

La totalidad de los 50 estados, el Distrito de Columbia, las Islas Vírgenes estadounidenses, Puerto Rico y Guam reciben los subsidios de compensación que prevé la VOCA. Un estado puede recibir este subsidio de compensación si satisface los criterios establecidos en las directrices del programa de la VOCA y la OVC. Estos criterios determinan, por ejemplo, que los estados deben suministrar servicios a las víctimas de delitos federales y ofrecer compensaciones a las personas que sean víctimas de delitos cometidos dentro de su territorio (aun cuando residan en otro estado). El monto de la financiación del subsidio de compensación de la VOCA que recibe un estado se calcula sobre la base de un porcentaje de los pagos efectuados a las víctimas del crimen, los cuales provienen de las fuentes de financiamiento en el año anterior.

Ayuda a las víctimas

¿En qué consiste la ayuda a las víctimas?

La ayuda a las víctimas incluye los siguientes servicios, si bien no se limita a ellos:

  • Intervención en crisis.
  • Albergue de emergencia.
  • Transporte de emergencia.
  • Ayuda psicológica.
  • Asesoramiento legal ante la justicia penal.

Anualmente, los estados otorgan cerca de 6.100 subsidios de la VOCA a organizaciones para prestar éstos y otros servicios a las víctimas del crimen.

¿Qué estados y territorios reciben subsidios de la VOCA para ayuda a las víctimas?

Todos los estados y la mayoría de los territorios reciben un subsidio anual de la VOCA para ayuda a las víctimas. Los 50 estados, el Distrito de Columbia, las Islas Vírgenes estadounidenses y Puerto Rico reciben una suma base de $500.000 cada uno. Los territorios de las Islas Marianas del Norte, Guam y Samoa norteamericana reciben una asignación base de $200.000 cada uno. Tomando como base su población, se distribuyen fondos adicionales a los estados y territorios. Los estados y territorios otorgan, por concurso, fondos de asistencia de la VOCA a las organizaciones locales comunitarias que prestan servicios directamente a las víctimas del crimen.

¿Cómo determinan los estados y los territorios cuáles organizaciones recibirán subsidios de ayuda a víctimas de la VOCA?

Cada estado y territorio determina cuáles organizaciones recibirán fondos basándose en los requisitos de elegibilidad para programas sub-beneficiarios contenidos en la VOCA, las directrices de ayuda a víctimas promulgadas por la OVC y las necesidades de las víctimas del crimen dentro de dicho estado o territorio. La mayoría de los recursos se otorga por concurso.

Los fondos de ayuda de la VOCA sólo pueden utilizarse para prestar servicios directos a las víctimas del crimen. Servicios tales como rehabilitación de delincuentes, mejoras en la justicia penal y actividades de prevención del delito no pueden financiarse con los fondos de ayuda a víctimas de la VOCA.

Fondos discrecionales

¿Cuál es el propósito de los fondos discrecionales?

La VOCA autoriza a la OVC para utilizar los fondos discrecionales con el objeto de mejorar y reforzar las técnicas, el conocimiento y las destrezas de quienes prestan servicios a las víctimas. Cada año, la OVC desarrolla un plan programático que identifica el entrenamiento, la asistencia técnica y las iniciativas de prueba que deben financiarse durante el año siguiente con fondos discrecionales provenientes del Fondo.

¿Cómo se invierten los fondos discrecionales?

Los fondos discrecionales se invierten en dos tipos de actividades:

  • Entrenamiento y asistencia técnica de alcance nacional que incluyan las siguientes labores:

    • Evaluación de programas.
    • Ejecución y evaluación de programas de prueba.
    • Organización de talleres especiales.
    • Apoyo a los esfuerzos tendientes a promover el respeto a los derechos de las víctimas.
    • Desarrollo de programas de estudio para el entrenamiento.
    • Establecimiento de becas y pasantías en clínicas.
    • Identificación y difusión de prácticas que puedan mejorar los servicios que se prestan a las víctimas.
    • Apoyo a los esfuerzos tendientes a aumentar la conciencia nacional con respecto a los derechos y necesidades de las víctimas.
    • Entrenamiento a profesionales que trabajen en los servicios de apoyo a las víctimas y en campos afines.
    • Suministro de ayuda técnica.

  • Los servicios y la asistencia para las víctimas de delitos federales incluyen las siguientes tareas:
    • Desarrollo de materiales que informen a las víctimas de delitos federales acerca de sus derechos y de los servicios que están a su disposición.
    • Apoyo a programas tendientes a establecer nuevos servicios –y a extender los ya existentes– para las víctimas de delitos federales. 
    • Entrenamiento para el personal del sistema federal de justicia penal acerca de temas concernientes a las víctimas.

Mayores informes

Para obtener mayor información sobre el Fondo para Víctimas del crimen, contacte a:

Office for Victims of Crime (Oficina para Víctimas del Crimen)
U.S. Department of Justice  (Departamento de Justicia de los  Estados Unidos)
810 Seventh Street NW., Eighth Floor
Washington, DC 20531
202–307–5983
Fax: 202–514–6383
En Internet: www.ojp.usdoj.gov/ovc

Para obtener ejemplares de esta hoja informativa, así como otras publicaciones de la OVC o información sobre recursos adicionales relacionados con víctimas, por favor contacte al:

Office for Victims of Crime Resource Center (OVCRC)
Centro de Información de la Oficina para Víctimas del Crimen
P.O. Box 6000
Rockville, MD 20849–6000
1–800–627–6872 ó 301–519–5500
(TTY 1–877–712–9279)
En Internet: www.ncjrs.gov
Pregunte OVC en http://ovc.ncjrs.gov/askovc/

O solicite las publicaciones de la OVC a través de Internet en la dirección: www.ncjrs.gov/App/Publications/AlphaList.aspx.


[1] El dinero depositado en el Fondo durante un año se utiliza para subvencionar los programas autorizados por la VOCA en el año siguiente o subsiguiente.

[2] La legislación recientemente aprobada (Ley Patriota de los Estados Unidos, de octubre del 2001) autorizó la transferencia de los fondos de la apropiación suplementaria de emergencia a la cuenta de Reserva de Emergencia, para ayudar a las víctimas de los ataques terroristas del 11 de septiembre del 2001 en los Estados Unidos.

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Ley de Víctimas del Crimen Fondo para Víctimas del Crimen enero 2002